Domina el Reglamento de Agentes de Fútbol
39. Reconocimiento de licencias de agentes nacionales
Texto de la pregunta
Texto de la pregunta
En la clase se explicó el artículo 24 del Reglamento de Agentes de la FIFA, que habla del reconocimiento de sistemas nacionales de licencias para agentes deportivos. La FIFA podrá reconocer un sistema nacional de licencias establecido por la legislación de un país o territorio siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos, como la elegibilidad de los solicitantes y licenciatarios, y la aprobación de un examen relacionado con los reglamentos futbolísticos vigentes.
La federación miembro del país donde se aplicará el sistema deberá remitir a la Secretaría General de la FIFA las solicitudes de reconocimiento. Los titulares de una licencia para prestar servicios de representación en un país o territorio específico, que hayan obtenido dicha licencia antes de la entrada en vigor del reglamento, quedarán exentos del requisito de aprobar el examen si cumplen con ciertos requisitos de elegibilidad y de cumplimiento de los estatutos del reglamento.
Una vez concedida la licencia, los agentes estarán sujetos a los requisitos continuos de licencia y deberán obtener un número determinado de créditos de desarrollo profesional continuo cada año natural durante cinco años. La responsabilidad de decidir sobre cualquier solicitud realizada en virtud de este artículo recae en la Secretaría General de la FIFA.